20121003

Traducción Anfrage



TRADUCCIÓN
Parlamento Alemán                                     
Papel impreso 17/10478
17ªLegislatura                                    
08-08-2012
Respuesta del Gobierno Federal
sobre la cuestión de los diputados Gehrcke MP Wolfgang, Heike Hänsel, Sevim Dagdelen, otros diputados y el Grupo de la Izquierda.
- Material impreso 17/10363
 


El regreso de la piedra Kueka del Tiergarten a los Pemón venezolanos
Introducción del cuestionante

El 21 de junio del 2012 miembros de los Pemón manifestaron ante la Embajada Alemana en Caracas/Venezuela. Exigían la devolución de una piedra (en el lenguaje de los Pemón llamada Kueka), que desde hace algunos años se encuentra como parte de un proyecto artístico en el Tiergarten de Berlín.

Días más tarde, también pidió el parlamento venezolano, en una resolución, el regreso de la piedra a Venezuela. La resolución fue adoptada unánimemente, lo que, tomando en cuenta las especiales diferencias políticas en el parlamento, subraya la importancia de la cuestión en Venezuela.

Kueka fue transportada en 1998 por el artista Wolfgang Kraker von Schwarzenfeld del Parque Nacional Canaima, en el sureste de Venezuela, hasta Berlín como parte de su proyecto de arte “Global Stone”. El Parque Nacional Canaima ha sido considerado por la UNESCO desde 1994 por la UNESCO como Patrimonio Natural de la Humanidad.

Si bien el artista se basa por su parte en un documento de donación firmado por el jefe del Parque Nacional, las autoridades venezolanas sostienen que director del Parque Nacional no estaba facultado para aprobar el traslado de la piedra. Ellos hablan de una exportación ilegal.

El transporte de la piedra de 35toneladas fue entonces detenido temporalmente por los miembros de los Pemón y, de acuerdo con informes, pudo continuar solo con el uso de la fuerza policial.

Desde el principio, los miembros de los Pemón demandaron la devolución de la piedra que declaran sagrada. El reconocimiento social y legal de las comunidades indígenas alcanzado bajo la presidencia de Hugo Chávez en 1999, y en particular en el contexto del proceso constitucional, ha contribuido a ello significativamente y ha conferido mayor eficacia a la demanda de devolución de los Pemón.

En el verano de 2012, el Presidente del Instituto de Patrimonio Cultural de Venezuela, Raúl Grioni, visitó Berlín, para informar en Alemania sobre la demanda de devolución venezolana y explorar acuerdos consensuados.

Tras una reunión de la Embajada de Venezuela en Berlín Wolfgang Kraker von Schwarzenfeld manifestó finalmente su aceptación, en lo fundamental, para la devolución de la piedra, pero bajo condiciones unilaterales, incluyendo la creación de una fundación y su financiación por el gobierno venezolano.

Independientemente de las interpretaciones contradictorias sobre el significado mítico real de la piedra en la cultura Pemón, la discusión sobre su devolución es un ejemplo del trato dado a objetos culturales de los países del sur.

1. ¿Apoya el Gobierno Federal la devolución de la piedra Kueka a los Pemón venezolanos y un retorno de la misma al Parque Nacional Canaima en Venezuela?

El Gobierno Federal está promoviendo una retrodonación (Rückschenkung) y posterior devolución de la piedra a Venezuela, en la medida en que se logre un acuerdo entre todos los interesados.

2. ¿Quién se encuentra en la tenencia de la piedra Kueka de la parte alemana y sobre qué base?
El gobierno venezolano de entonces donó la piedra en 1998 “al pueblo alemán”. La donación fue recibida por la Embajada de Alemania en Caracas y, de acuerdo con la finalidad de la donación, fue transferida al artista Wolfgang Kraker von Schwarzenfeld para realizar su proyecto escultórico “Global Stone”. Otras reivindicaciones de posesión o de propiedad no son conocidas por el Gobierno Federal.

3. ¿Quién está autorizado por el lado alemán para decidir si, dado el caso, la piedra se devuelve o no?
Tal decisión sería tomada por Gobierno Federal a la luz la ley y de eventuales intereses jurídicos del artista.

4. ¿Existen, en opinión del Gobierno Federal, opciones legales del artista para evitar el retorno de la piedra y, si es así, qué pasos tomará el Gobierno Federal para apoyar la devolución de la piedra?
El Gobierno Federal no ha realizado todavía una evaluación definitiva con respecto a las posibilidades legales del artista. El artista negocia actualmente, según el abogado designado por él, directamente con la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en la República Federal Alemania. La Oficina Federal de Relaciones Exteriores apoya estas conversaciones con el fin de una solución consensuada.

5. ¿Tiene el Gobierno Federal una solicitud oficial por parte del gobierno venezolano sobre este caso, o existe sobre ello un intercambio a nivel diplomático?
6. Si es así, ¿cuándo, en qué forma, y con qué declaraciones ha respondido el Gobierno Federal a las solicitudes por parte del gobierno venezolano?

Las preguntas 5 y 6 se consideran en conjunto debido a su conexión sustantiva.
Al Gobierno Federal se solicitó por la vía diplomática la devolución de la piedra. Acerca de esto la Oficina Federal de Relaciones Exteriores ha sostenido varias conversaciones con representantes de la Embajada de Venezuela en Berlín. La Oficina Federal de Relaciones Exteriores ha informado a la Embajada sobre su dictamen jurídico y su disposición de conciliar.

7. ¿Qué procedimientos se aplican normalmente en tales casos o qué procedimientos estarían envueltos en el caso antes expuesto, para encontrar una solución jurídicamente correcta, éticamente sustentable y políticamente razonable?
El Gobierno Federal apoya en estos casos prioritariamente conversaciones para lograr una solución mutuamente convenida. El Ministerio de Relaciones Exteriores se encuentra, por tanto, en contacto permanente con todas las partes involucradas y apoya conversaciones con el objetivo de lograr una solución amistosa. El Ministerio de Relaciones Exteriores también aplicará esto en el futuro frente a todos los interesados, sin perjuicio de diferentes interpretaciones jurídicas. Por ello han tenido lugar varias conversaciones con representantes de la Embajada de Venezuela y el Senado de Berlín, así como con el artista.

8. ¿Qué papel tendrían el Gobierno Federal y el senado de Berlín en el procedimiento?
De acuerdo con la interpretación jurídica general, el Gobierno Federal es el propietario de la piedra, el estado de Berlín propietario del parque Tiergarten, en el cual se encuentra el proyecto escultórico “Global Stone” con la piedra.

9. ¿Qué idea tiene el Gobierno Federal sobre cómo puede además contribuir de forma político-diplomática a una solución del problema? ¿Qué medidas ha tomado ya para eso?

En la respuesta a la pregunta 7 se hace referencia.

10. ¿Cómo valora el Gobierno Federal la exigencia de devolución de la piedra hacia Venezuela jurídica, política y éticamente?
El gobierno apunta a llegar a un arreglo amistoso entre todas las partes involucradas, sin perjuicio de las posiblemente diferentes interpretaciones legales.

11. ¿Qué contactos ha tenido el Gobierno Federal con Wolfgang Kraker von Schwarzenfeld en relación con el conflicto sobre la piedra Kueka?
Representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores han sostenido varias conversaciones con el artista. También hay contacto escrito y telefónico.

12. ¿Qué condiciones son conocidas por el Gobierno Federal que hayan sido propuestas por Wolfgang Kraker von Schwarzenfelden apoyo al retorno de la piedra hacia Venezuela?

El Sr. Kraker von Schwanrzenfeld no ha propuesto hasta ahora ninguna condición concreta frente al Gobierno Federal, entre las cuales él apoyaría una devolución de la piedra. Detalles de sus conversaciones con la Embajada venezolana no son conocidos por el Gobierno Federal; se hace remisión a la respuesta a la pregunta 4.

13. ¿Consideraría el Gobierno Federal que las condiciones propuestas por Wolfgang Kraker von Schwarzenfeld son justificadas y beneficiosas para encontrar una solución al problema?
Se hace remisión a la respuesta a la pregunta 12.

14. ¿Apoya el Gobierno Federal la demanda de la artista de que la piedra no debería ser devuelta al gobierno venezolano sino a los “hombres (seres humanos)”?
Se hace remisión a la respuesta a la pregunta 12.

15. ¿Quién era, de acuerdo a la opinión del Gobierno Federal, el propietario de la piedra antes de su traslado fuera del parque nacional?

La República Federal de Alemania era el propietario de la piedra al momento del traslado.

16. ¿Cómo califica el Gobierno Federal la validez de los documentos que habría presentado el artista sobre el transporte y la exportación de la piedra?
El Gobierno Federal no tuvo ni tiene conocimiento que justificaría tener duda sobre la autenticidad de los documentos.

17. ¿Circulan, en la evaluación el proceso por parte del Gobierno Federal, informes en torno a que el transporte de la piedra debió ser hecho por la fuerza contra indígenas que manifestaban?

El Gobierno Federal no puede confirmar estos informes por su propio conocimiento.

18. ¿Quién debe, según la opinión del Gobierno Federal, asumir los costos del transporte de regreso de la piedra?
La parte venezolana debería, según opinión del Gobierno Federal, asumir los costos para eso.

19.¿Sobre qué bases jurídicas y políticas y guiado por cuáles consideraciones fundamentales, por ejemplo éticas, se confronta el Gobierno Federal con las demandas planteadas por los países del sur relativas a la devolución de bienes u objetos culturales?
Independientemente del caso que nos ocupa, para el tratamiento de las reclamaciones de restitución en el caso de bienes culturales que hayan dejado su país de origen ilícitamente, la base autorizada es la “Convención de la UNESCO sobre las Medidas que Deben Adoptarse para Prohibir e Impedir la Importación, la Exportación y la Transferencia de Propiedad Ilícitas de Bienes Culturales”, de fecha 14 de noviembre de 1970, a la cual Alemania se unió en 2007. La implementación nacional tuvo lugar con la Ley de Restitución de Bienes Culturales del 18 de mayo del 2007. Además son aplicables disposiciones del derecho civil.

20. ¿Cuál de estos principios y consideraciones serían aplicables al caso de la piedra Kueka?

Se hace remisión a las respuestas a las preguntas 1 a 4, 7 y 19. El tratamiento de las demandas de restitución de objetos como patrimonio cultural se orienta por la Ley de Restitución de Bienes Culturales. Una aplicación de la Convención de la UNESCO de 1970 y de la Ley de Restitución de Bienes Culturales se excluye en el presente caso porque la piedra llegó a Alemania antes de la entrada en vigor de la Convención para Alemania y Venezuela. Una reclamación de devolución en base al derecho civil no fue formulada por Venezuela.

21. ¿En qué medida fue la aprobación de exportación de la piedra por parte de la Embajada Alemana en Caracas, desde la perspectiva actual del Gobierno Federal, al menos legalmente problemática, teniendo en cuenta que se trataba de material proveniente de un parque catalogado como patrimonio natural de la humanidad por la UNESCO?

Un deterioro del parque como patrimonio natural de la humanidad de la UNESCO no se da con ello.

22. ¿Ha estado la Embajada de Alemania en Venezuela de alguna manera al tanto del caso de la piedra Kueka estado involucrado? Si es así, ¿en qué forma?
El Embajador de la República Federal de Alemania en Venezuela de entonces, George Dick, ha tenido conversaciones sobre eso con las autoridades venezolanas. Con ocasión de la manifestación frente a la Embajada de Alemania del 21 de junio
​​de 2012, él recibió representantes de las aproximadamente 50 personas que estaban manifestando, incluyendo los Pemón y el gobierno venezolano.

23. ¿Qué resultados trajo la conversación del Embajador con los manifestantes Pemón el 21 de junio del 2012?
El conflicto fue calmado. Medios de comunicación venezolanos expresaron su comprensión por la posición alemana.

24. ¿El Embajador alemán en Caracas ha presentado entretanto la preocupación de los Pemón en Berlín, como fue anunciado en la página web de la Embajada, y en qué forma ha actuado el Gobierno Federal a raíz de eso?
El Embajador Dick informó al Ministerio de Relaciones Exteriores el 22 de junio del 2012. El Ministerio de Relaciones Exteriores hizo un ofrecimiento para conversar con el Presidente del Instituto de Patrimonio Cultural, Raúl Grioni, quien entonces se encontraba en Berlín, que sin embargo no fue aceptada.
En una entrevista detallada en el Ministerio de Relaciones Exteriores con la Encargada de Negocios venezolana se sostuvo la intención mutua de trabajar constructivamente por una solución amistosa.

No hay comentarios: